El Punto de Encuentro Familiar es un recurso social especializado, vinculado al ámbito de la familia, cuya finalidad es garantizar el derecho de los niños de relacionarse con sus progenitores y/o familiares, cuando no convivan con estos por motivo de separación entre los progenitores o de separación del niño de ambos por aplicación de medidas de protección.
El Punto de Encuentro Familiar es un recurso social especializado, vinculado al ámbito de la familia, cuya finalidad es garantizar el derecho de los niños de relacionarse con sus progenitores y/o familiares, cuando no convivan con estos por motivo de separación entre los progenitores o de separación del niño de ambos por aplicación de medidas de protección. Este recurso se configura a partir de un espacio físico y un equipo de profesionales, que pretenden normalizar las relaciones entre las partes permitiendo que los contactos de los niños con sus padres y otros familiares, en su caso, se desarrollen en un marco de seguridad y bienestar, mediante una intervención de carácter temporal.
El Ayuntamiento de Tres Cantos sensible a las necesidades de las familias, pone a disposición de todos sus vecinos un recurso como el que nos ocupa, que tan vital es, para ayudar a las familias que lo necesiten por un nivel de conflicto, que supone poner en riesgo la estabilidad de los menores. La Concejalía de Familia e Infancia es la que gestiona y coordina este Servicio, gratuito para los vecinos, que han sido previamente derivados al mismo por el Juzgado competente. Desde su puesta en marcha en el año 2006, se han atendido más de 40 familias tricantinas.
Antes de comenzar con el Régimen de Visitas estipulado por el Juzgado, se mantiene una entrevista inicial con cada uno de los progenitores por separado, para que ofrezcan a los profesionales su visión de la situación familiar actual, sobre todo en referencia a los menores. Un número importante de los casos atendidos en el Punto de Encuentro, han sido derivados por el Juzgado tras una Orden de Protección ante una situación de Violencia de Género en el seno Familiar. En estos casos, se activa un protocolo especial, para asegurar el cumplimiento de la Orden de Protección, así como la seguridad y tranquilidad de la persona objeto de protección.
El Punto de Encuentro estipula en sus normas, un horario en el que el progenitor no custodio, debe acudir 15 minutos antes de la hora de comienzo del régimen de visitas, y se debe marchar 15 minutos después, para así evitar que se rompa la Orden de Protección. Es imprescindible el respeto al horario, si se incumpliera por parte de alguno de los progenitores este protocolo, el Punto de Encuentro lo pondrá de forma inmediata en conocimiento del Juzgado competente, al no poder garantizar la seguridad de la persona objeto de protección.
El objetivo general de la intervención es garantizar que el régimen de visitas no suponga una amenaza para la seguridad de los menores, así como de la persona objeto de la Orden de Protección en los casos que la hubiera. Los profesionales del Punto de Encuentro tratan de proporcionar un espacio neutral, dentro del cual, los progenitores, por separado, puedan relacionarse con sus hijos, sin que los menores vivan situaciones de conflicto, que no les permitan relacionarse con naturalidad con sus padres.
CONCEJALÍA DE FAMILIA DEL AYUNTAMIENTO DE TRES CANTOS