El Ayuntamiento reitera su postura de no hacer frente al abono de cantidad alguna en concepto de indemnizaciones por el Caso Tagarral
30 de junio de 2016.- El Pleno del Ayuntamiento ha rechazado, con los votos del PP y C’s, la moción de reprobación del Alcalde planteada por PSOE y Ganemos. Ambos grupos no aprueban la gestión realizada en el Caso Tagarral, una cuestión que data del año 1987 y en la que el Ayuntamiento siempre ha defendido los intereses de los vecinos.
En su intervención, el Alcalde ha reiterado que toda la información de este caso ha estado siempre a disposición de los grupos políticos “a los que se ha informado Pleno tras Pleno y cada vez que lo han solicitado; han recibido la información que teníamos en cada momento, al igual que los vecinos, como puede comprobarse en el Portal de Transparencia del Ayuntamiento”.
Además, se ha aprobado la propuesta del grupo Ciudadanos de acompañar al Alcalde en las negociaciones con las distintas administraciones implicadas en este asunto.
La Comunidad de Madrid trasladó, de manera oficial, el pasado mes de marzo, su petición para que el Ayuntamiento asumiera 21 millones de euros en concepto de pago de las indemnizaciones por la sentencia del Caso Tagarral. El Alcalde reiteró a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio la postura que siempre ha defendido: no hacer frente al pago.
Un largo proceso judicial
El caso Tagarral se remonta al año 1987, bajo la presidencia regional del socialista Joaquín Leguina, que aprobó el Plan General de Ordenación urbana de Colmenar Viejo, mucho antes de que Tres Cantos se constituyera como municipio. Este Plan modificaba la calificación de la zona conocida como el Tagarral, que pasó de ser terreno urbanizable a calificarse como Suelo No Urbanizable de protección para usos agrícolas.
Los propietarios de estos terrenos comenzaron entonces un largo proceso judicial que finalizó con la sentencia del Tribunal Supremo de 17 de julio de 1992, condenando solidariamente a la Comunidad de Madrid y a los Ayuntamientos de Tres Cantos y Colmenar Viejo a indemnizar a los propietarios. La cuantía quedó fijada por el TSJM en 2003 en 42,43 millones de euros más los intereses, lo que supone un montante total de 63 millones de euros, a repartir entre las tres administraciones.
En febrero de 2012, el TSJM comunicó la ejecución forzosa de la sentencia, cuyo pago realizó la Comunidad de Madrid en 2014.
El Ayuntamiento siempre ha mantenido que no tiene obligación de hacer frente al pago de la sentencia, ya que fueron otras Administraciones las que tramitaron y aprobaron los documentos de planeamiento urbano, al no existir Tres Cantos como municipio.
Redacción