• Excepciones: personas con dificultades respiratorias, discapacidad o dependencia; en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles con su uso y causa de fuerza mayor
• Dónde: en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier sitio cerrado de uso público siempre que no sea posible mantener la distancia de dos metros
21 de mayo de 2020.- El uso de mascarillas es obligatorio desde hoy jueves 21 de mayo en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier sitio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, para evitar la propagación del coronavirus, según la Orden del Ministerio de Sanidad publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Excepciones:
• Personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de mascarilla.
• Personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización.
• Desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla, como la ingesta de alimentos y bebidas.
• Causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
En cuanto a las personas que salen a hacer ejercicio en bicicleta o a correr, están exentas del uso de mascarilla, si no quieren llevarla, según el punto c del artículo 2 de la Disposición que regula su uso, que establece: “la obligación no será exigible en el desarrollo de actividades en las que, por la propia naturaleza de estas, resulte incompatible el uso de la mascarilla”.
Durante los primeros días, Policía Local y Guardia Civil informarán sobre la obligatoriedad del cumplimiento de la normativa para que la persona amonestada proceda a ponerse la mascarilla o mantenga la distancia de seguridad interpersonal. Solo en aquellos casos en los que, tras ser advertida, se niegue a cumplir las instrucciones policiales se trasladará propuesta de sanción, por desobediencia. La propuesta de sanción se realizaría por la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana y podría ascender hasta los 600 euros.
Redacción